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CERTIFICADO ENERGETICO OBLIGATORIO PARA VENDER O ALQULAR

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Qué es el Certificado Energético?
Es un certificado que califica de la “A” (más eficiente) a la “G” (menos eficiente) el gasto de energía contaminante que consume el inmueble para mantener un grado de comfort interior.
Sempre hablamos de la energía que consumen los espacios interiores habitables como viviendas o locales con presencia constante de usuarios.
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Para que sirve?
La ecología y sostenibilidad son el enfoque principal de las normativas actuales de edificación y urbanismo. Desde el año 2006 en los proyectos de edificación el consumo energético es uno de los criterios mas importantes. Desde 1 de junio del 2013, el marco legal de la sostenibilidad y concienciacion ecologica también afecta a los ediifcios existentes.
El Certificado de Eficiencia Energética es un reflejo de la factura energética. Es un indicador de consumo energético y emision del CO2 al año generado por el inmueble, en otras palabras, nos permite saber "si pagamos mucho o poco para calefactar, refrigerar, generar agua caliente...etc".
La escala de calificación A-B-C-D-E-F-G, CUANTIFICA EL GRADO DE GASTO DINERARIO QUE HACEMOS AL AÑO. Por ejemplo: si la vivienda está calificada con letra “B” la factura relacionada con calefacción o refrigeración no será elevada, por el contrario si la calificación es la “G” es un indicio de que nuestro el gasto en calefacción o refrigeración es importante.

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Cuando es obligatorio tener este certificado?
El propietario del inmueble está obligado a disponer de Certificado de Eficiencia Energética para alquiler o venta del inmueble, desde el 1 de junio del año 2013.
Tambien, tiene la obligación de registrar el Certificado en el Órgano Autonómico, o, PUEDE DELEGAR EL REGISTRO al técnico certificador.
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Quien puede realizar la Certificación Energética?
Son técnicos competentes los “técnicos certificadores que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética, elegidos libremente por la propiedad” Real Decreto 235/2013 - Ministerio de Industria, Energía y Turismo,
quedando la titulación de arquitecto la más competente, debido a que es el único técnico capacitado para firmar cualquier tipo de proyecto de edificación o urbanismo.
El técnico debe estar adscrito al Colegio Profesional y disponer de número de colegiado. |
Como es el proceso de certificación?
El proceso es muy fácil:
1) Se realiza la inspección del inmueble para poder tener toda la información pertinente: datos administrativos, registrales, información sobre la configuración del inmueble, situación, asoleo, sistema constructivo, instalaciones...etc.
2) En el despacho el técnico realiza los cálculos y prepara el Certificado con el programa informático homologado.
3) Finalmente, el Certificado se entrega al propietario, con previo REGISTRO en el organismo competente de la Comunidad Autónoma, si así lo solicita el propietario. 
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Registro y tasas?
Despues de la redaccion del Certificado se debe proceder al REGISTRO. Cada una de las Comunidades Autónomas dispone de propio organismo de Registro y ha establecido su rango de tasas para el Registro de los Certificados.
Para la Comunidad Valenciana el Órgano de registro es IVACE-AVEN , el registro es solamente telematico y el cálculo de las tasas es el siguiente:
http://gcee.aven.es/publico/noticia.aspx?id=24
Para la Region de Murcia las el Órgano de Registro es la Dirección General de Industria, Energía y Minas, el registro puede ser tanto telematico como presencial, con toda la informacion en la siguiente web:
www.carm.es

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Donde puedo consultar la normativa aplicable?
- Órgano de Registro de Certificaciones Energéticas de la Comunidad Valenciana IVACE:
http://gcee.aven.es/publico/noticia.aspx?id=35
- Dirección General de Industria, Energía y Minas de La Region de Murcia:
www.carm.es
- BOE:
www.minetur.gob.es/energia/desarrollo/eficienciaenergetica

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tel: 669 999 820 |
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